martes, 19 de abril de 2011

OTRAS ORGANIZACIONES.

Se permitirá la existencias de todo tipo de organizaciones: religiosas, culturales, sociales, recreativas, de ayuda a colectivos desfavorecidos, etc. En ningún caso estas organizaciones podrán tener ningún tipo de ayuda por parte de la administración, debiendo por tanto mantenerse con sus propios medios, donativos voluntarios y cuotas de sus seguidores.
La república española será un estado laico y no deberá favorecer a ninguna organización religiosa, aunque permitirá la actividad estrictamente religiosa (y no en otros sectores) de cualquier confesión de este tipo. Se perseguirá penalmente a los grupos religiosos que intenten imponer sus ideas a personas que no lo desean (las llamadas "sectas") dejando libertad de acción al resto en sus manifestaciones, siempre y cuando sean totalmente voluntarias para la población y no invadan sectores que nada tienen que ver con sus creencias (no se permitirá, por ejemplo, que ninguna organización religiosa se dedique a los sectores de la sanidad o la educación ).

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