lunes, 25 de abril de 2011

CONVERSIÓN DEL SISTEMA ANTIGUO.

No se canjeará directamente el dinero antiguo por el nuevo, sino que cada persona física deberá declarar a la administración el total de sus bienes particulares y el trabajo realizado a lo largo de su vida para poder canjearlo por el nuevo dinero, que será virtual y nominativo.
Ningún bien será propiedad privada sino cedido en usufructo a cada persona en concreto: el terreno donde se ubica cada vivienda será propiedad pública y la construcción de uso privado: cada persona o grupo de personas libremente formado tendrá derecho a una vivienda digna y a tener sus necesidades básicas cubiertas.
Se establecerán unos índices de ponderación del tiempo trabajado por cada persona para canjearse por dinero, y de él se descontará la parte correspondiente al valor de los bienes que vaya a tener en usufructo ( es decir, que tendrá derecho a su uso pero no a su propiedad ).
En ningún caso se canjeará dinero antiguo por el nuevo si no está plenamente justificado por una actividad laboral o empresarial anterior, y el dinero antiguo obtenido por la especulación o los privilegios del sistema anterior no tendrá ningún valor.

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